La Fiscalía archiva la denuncia presentada por el PSOE contra el alcalde por el contrato de limpieza

Estima que la limpieza es un servicio que se debía contratar obligatoriamente y que no hay intereses ocultos

Redacción  |  15 de marzo de 2023
El alcalde de Albolote, Salustiano Ureña
El alcalde de Albolote, Salustiano Ureña

Según publica el diario IDEAL, la Fiscalía ha archivado la denuncia que puso la portavoz del PSOE en la localidad de Albolote contra el alcalde y otros miembros de la junta de gobierno local, en la que había que esclarecer si se habían cometido irregularidades o no en el proceso de contratación del servicio de limpieza viaria realizado por el Ayuntamiento de Albolote por un importe de 340.000 euros.

El 22 de septiembre de 2022 entró en la Fiscalía Provincial una denuncia presentada por la portavoz del grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Albolote, ya que estimaba que en los hechos que puso en conocimiento eran constitutivos de infracción legal, en particular de un delito de prevaricación y malversación.

La denuncia era contra el alcalde de Albolote, Salustiano Ureña, y contra la segunda teniente de alcalde, Marta Nievas, y de los miembros de la junta de gobierno local que votaron a favor de la contratación del servicio de limpieza viaria del municipio por valor de 340.000 euros.

Un servicio obligatorio
La Fiscalía indica en las diligencias que archivan la denuncia que el servicio de limpieza viaria es obligatorio y debe ser prestado por las entidades locales y antes de adjudicarse a esta empresa, en el Ayuntamiento de Albolote se funcionaba mediante la contratación temporal de trabajadores de la bolsa si bien a raíz de la entrada en vigor de la reforma laboral era obligatorio externalizar el servicio o crear las plazas.

En la denuncia se expone que pese a tener un informe negativo advirtiendo de las responsabilidades legales en las que se podía incurrir, el alcalde levantó el reparo y siguió con la tramitación el expediente de contratación. Por eso, en las diligencias de Fiscalía se dice que si bien es cierto que la junta de gobierno acordó la contratación del servicio prescindiendo del procedimiento legal establecido, también es necesario considerar que todos los municipios tienen que prestar este servicio.

No hay prevaricación
La Fiscalía considera que se no existe delito de prevaricación porque para eso es necesario constatar que se da algún tipo de interés oculto y que quien lo hace tiene que tener plena conciencia de que ocasiona un resultado materialmente injusto. Lo que sí señala es que las resoluciones acordadas por el gobierno local puedan ser impugnadas por la vía contencioso administrativa, que indica es la competente para estos hechos. Según expresa la fiscal en las diligencias «es conveniente constatar la concurrencia de indicios que pongan de relieve algún tipo de interés espurio que acredite que la autoridad actúa con plena conciencia de que resuelve al margen del ordenamiento jurídico y de que ocasiona un resultado materialmente injusto, es decir, que antepone el contenido de su voluntad», algo que la fiscal no considera que se produzca en el caso investigado.

Por lo tanto, la Fiscalía procede a archivar las diligencias de investigación penal y señala que no cabe recurso alguno.

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