El Ayuntamiento de Albolote condenado a pagar 27.000 euros a la Asociación de Tenis Trovador
La cuantía corresponde a la gestión deportiva de las Escuelas Municipales de Tenis y Pádel de la temporada 2013/14
El Ayuntamiento de Albolote tendrá que abonar a la Asociación Deportiva de Tenis Trovador la cantidad de 26.052,23 euros correspondiente a la gestión deportiva de las Escuelas Municipales de Tenis y Pádel en la temporada 2013/14, última del Partido Popular y Partido Andalucista en el gobierno municipal.
El juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Granada ha fallado a favor de la entidad deportiva tras la inactividad de pago del consistorio alboloteño en relación con la obligación de pago tras resolverse el procedimiento abreviado llevado por el despacho de abogados Suárez-Alemán.
Según el auto, Nicolás Martín, concejal de Deportes, suscribió un convenio de colaboración que concedía al Trovador una subvención de 38.600 euros hasta finales de 2018 y 57.900 hasta finales de agosto de 2013 por hacerse cargo del servicio de docencia en la Escuela Deportiva Municipal de Tenis y Pádel. Posteriormente el edil volvió a contratar con Trovador los servicios para la temporada 2013/14 por un importe de 57.900 euros. Sin embargo, los técnicos municipales ante la falta de un convenio o documento y a los efectos de ir pagando los trabajos idearon, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso esta redacción, “ir efectuando los pagos por partes, realizando dos pagos, uno a través de la subcontratación a la empresa GEO con importe de 13.000 euros, y otro mediante contrato menor de actividades de 17.900 euros, dejando sin pagar al final de la temporada parte de los servicios uqe es la cantidad reclamada en el procedimiento”.
Los letrados del Ayuntamiento de Albolote alegaron durante el juicio que “admitir la demanda sería una habilitación al fraude y a permitir que por el concejal de Deportes, que carece de facultad para ello, se pudiese vincular a la administración fuera de todo proceso legal y sin tener competencia para vincular al Ayuntamiento”.
La magistrada resolvió que, pese a que no existía contrato o convenio, ha quedado acreditado que “la empresa continuó prestando los servicios y el Ayuntamiento era conocedor de ello, pues cobraba y tramitaba las tasas de los alumnos, por los que obtuvo un beneficio”.
La sentencia es firme y no cabe recurso de apelación, además condena al Ayuntamiento de Albolote al pago de intereses y costas.
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