El Ayuntamiento permite ampliar las terrazas a los bares y restaurantes

Se trata de una medida para ayudar a la hostelería durante el estado de alarma

Ester Leal  |  16 de mayo de 2020
Una de las dueñas de una cafetería de Albolote
Una de las dueñas de una cafetería de Albolote

El alcalde, Salustiano Ureña, ha publicado un bando sobre la ampliación de la superficie de las terrazas para ayudar a los bares, restaurantes y cafeterías a abrir sus negocios durante el estado de alarma, ya que tienen que cumplir unas medidas preventivas que hacen difícil la rentabilidad de los negocios, como la distancia entre cada mesa y entre los comensales. Con este bando se acuerda que los interesados podrán instar al Ayuntamiento la autorización para ampliar el espacio de terrazas siempre y cuando los espacios públicos o privados de uso público previstos en la ordenanza y en las diferentes disposiciones dictadas al respecto por las autoridades sanitarias pudieran albergar la superficie solicitada con respeto al mobiliario urbano y la distancia establecida para el tránsito peatonal, pasos de cebra, accesos a portales, locales comerciales u otras limitaciones y condiciones previstos en las referidas disposiciones de las autoridades sanitarias y en la ordenanza municipal. Se estudiará cada caso concreto por parte de lo servicios técnicos acerca de la viabilidad técnica de la propuesta que haga cada usuario, y ésta solamente tendrá lugar mientras se decrete el estado de alarma que suponga restricciones a la ocupación por parte del Gobierno superior competente, estatal o de Junta de Andalucía. La ampliación de las terrazas podrá realizarse con las siguientes condiciones: durante la vigencia de las medidas sanitarias previstas para la restricción de la actividad de hostelería la superficie de la terraza autorizable podrá ser hasta la del doble de la susceptible de ocupación según las condiciones de la ordenanza municipal, las referidas disposiciones de las autoridades sanitarias y las fijadas por resolución de la alcaldía, siempre y cuando sea técnicamente posible. La ampliación se realizará garantizando la accesibilidad respetando lo establecido en Decreto 293/2009, de 7 de julio de 2009 por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, así como toda aquella legislación que condicione la instalación de mobiliario en la vía pública. En aquellos casos en los que la separación a la fachada del edificio frente a la que se ubique la terraza pueda ser superior a la establecida por la normativa municipal, dicha terraza, durante el periodo excepcional, y sus ampliaciones se ubicarán a una distancia superior, con un límite de cuatro metros, salvo que el interesado solicite que sea a una distancia superior, siempre y cuando resultase posible. Excepcionalmente, cuando las condiciones del espacio público lo permitan, las terrazas podrán ampliarse de forma no longitudinal respetando las proporciones y distancias anteriormente referidas y establecidas en la Ordenanza municipal. Los elementos a instalar en las superficies a ampliar serán sólo aquellos elementos que se pueden retirar fácilmente como mesas, sillas, sombrillas y mamparas o similares no estando permitida la colocación de otros elementos cuya retirada sea más difícil como toldos, jardineras u otros análogos. En todo caso se garantizará la seguridad de ocupantes de la terraza y resto de usuarios de la vía respecto del tráfico rodado. Se emitirá informe por parte de Policía Local en este sentido.


 

 



 

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