Condenan al Ayuntamiento a pagar casi 37.000 euros al Albolote Soccer

La deuda se remonta a las temporadas 2012/13 y 2013/14 como parte de la contraprestación por las escuelas deportivas municipales

Javier Palma  |  27 de octubre de 2016
El Ayuntamiento tendrá que pagar lo adeudado
El Ayuntamiento tendrá que pagar lo adeudado

Los juzgados han dado la razón a la entidad Soccer Formación, SL en los procedimientos contra el Ayuntamiento de Albolote.

La entidad deportiva reclamaba una parte de las subvenciones concedidas en las temporadas 2012/13 y 2013/14. Los juzgados 5 y 1 de lo Contencioso Administrativo de Granada han fallado sendas sentencias que reclaman el pago de 16.850 euros y 20.134 euros, respectivamente.   

El Consistorio suscribió un convenio de colaboración en 2012 por el que concedía al club deportivo una subvención de 80.884 euros como contraprestación económica para hacerse cargo del servicio de docencia de las Escuelas Deportivas Municipales en la modalidad de fútbol base del que dejo sin pagar 16.850,94 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso esta redacción.

El Ayuntamiento alegó que el Albolote Soccer había incumplido una cláusula del convenio relativa al cumplimiento de la legislación vigente en materia fiscal, laboral y de seguridad en el trabajo, algo que no ha sido estimado. El fallo es firme y no cabe recurso de apelación.

En la segunda sentencia se reclaman las cantidades pendientes de la temporada 2013/14. El concejal de Deportes, Nicolás Martín, contrató verbalmente con el Albolote Soccer la dirección y gestión de las escuelas deportivas municipales de fútbol base por 49.000 euros. Iniciada la actividad, ante la falta de un convenio que reflejara la obligación de pago y con objeto de que se fueran abonando los trabajos que se iban ejecutando idearon ir efectuando el pago mediante lo que denominaron ‘contratos menores de actividades”, y realizaron dos pagos, uno de 11.026 euros y otro de 17.837, pero dejaron sin abonar el resto que ascendía a 20.134,40 euros.

Los letrados del Ayuntamiento de Albolote se oponían a la demanda alegando que no se acreditó la prestación del servicio y que el importe, que superaba los 18.000 euros, no siguió el procedimiento de contratación correspondiente, algo que ha sido desestimado por la magistrada. La sentencia es firme y no cabe recurso de apelación, además condena al Consistorio al pago de intereses y costas.

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